AESA – GUÍA SOBRE REQUISITOS Y LIMITACIONES AL VUELO DE UAS EN FUNCIÓN DEL LUGAR DE OPERACIÓN

(Versión 5, 22/08/2022)

INTRODUCCIÓN

Con la entrada en aplicación del reglamento europeo de UAS el 31 de diciembre de 2020, además de las limitaciones de vuelo generales según la categoría de operación (“abierta”, “específica”, ”certificada”), se definen zonas geográficas de UAS, las cuales corresponden a volúmenes de espacio aéreo en las que se pueden permitir, restringir o excluir operaciones con UAS por motivos de seguridad pública, protección de infraestructuras y otros usuarios del espacio aéreo, protección de la privacidad y del medio ambiente. Estas zonas geográficas de UAS las define cada estado en sus territorios y pueden: • Prohibir algunas o todas las operaciones de UAS, imponer condiciones particulares para algunas o todas las operaciones de UAS o imponer una autorización operacional previa para algunas o todas las operaciones de UAS. • Someter las operaciones de UAS a normas medioambientales específicas. • Restringir el acceso únicamente a determinadas clases de UAS. • Restringir el acceso únicamente a UAS con determinadas características técnicas, en particular sistemas de identificación a distancia o sistemas de geoconsciencia. • Permitir el “vuelo libre” o establecer exenciones de uno o varios de los requisitos de la categoría abierta. En los próximos meses se espera la adopción de una norma nacional en forma de real decreto que regule en un mismo capítulo la utilización del espacio aéreo y zonas geográficas de UAS. Tanto en cuanto no se apruebe esta norma, son de aplicación las condiciones de uso de espacio aéreo contempladas en el Real Decreto 1036/2017 y Real Decreto 1180/2018 que por su contenido establecen requisitos de operación y equipos asociados a zonas geográficas de UAS. Esta guía informativa tiene como objeto recopilar los requisitos normativos transitorios de operación y aportar una lista no exhaustiva de comunicaciones a realizar o permisos necesarios en función del lugar donde se vayan a realizar las operaciones aéreas. Todo ello sin perjuicio del cumplimiento de otros requisitos y la obtención de las autorizaciones, permisos o licencias que sean exigibles conforme a la normativa que en cada caso resulte de aplicación, en particular, en materia de seguridad pública, en razón de las competencias de otras administraciones o de la propiedad de los terrenos que vayan a usarse con motivo de la operación. ENAIRE, proveedor de Servicios de Información Aeronáutica en España (AIS), pone a disposición de los usuarios de UAS la aplicación web ENAIRE Drones (también disponible para dispositivos Android en “Google Play Store). Esta aplicación presenta, sobre el mapa de España, el espacio aéreo donde existen prohibiciones y limitaciones de vuelo a los UAS por motivos aeronáuticos, y ofrece otra información de utilidad al operador de UAS respecto al lugar de operación.